La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación nuevos lineamientos para el empaquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preempaquetados, imponiendo la obligación de mostrar al frente información nutrimental como nivel de azúcares, sodio, grasas y contenidos calórico.
Asimismo, en otro conjunto de lineamientos, la Cofepris emitió controles a la publicidad televisiva de productos poco nutritivos,evitando que se anuncien entre las 14:30 y las 19:30 horas.
Los lineamientos publicados por la Cofepris, obligan a productores de bebidas no alcohólicas y alimentos preenvasados a un desglose de información nutricional en el área frontal de exhibición del producto, es decir, la zona donde se muestran la denominación y la marca del producto.
Los lineamientos piden que la información nutrimental sea dispuesta “de modo tal que sea informativo, visible y legible“. Asimismo, la información mínima que muestra debe incluir Grasa saturada, Otras grasas, Azúcares totales, Sodio y Energía.
Además, se pide en cada caso detallar el porcentaje del aporte calórico de Grasa saturada, Otras grasas y Azúcares totales en kilocalorías o Calorías y el porcentaje, tal y como se muestra a continuación:
Los lineamientos también exigen que los envases identifiquen al producto como raciones individuales o familiares, teniendo como consecuencia que los envases familiares, deben señalar la información nutrimental en porciones individuales, declarar la medida de la porción en medidas caseras y el número de medidas individuales por cada envase.
Las empresas productoras tienen hasta un año para adecuar sus productos a los lineamientos emitidos por la Cofepris y las que cumplan de mejor forma con ciertos estándares de Cofepris recibirán un permiso para mostrar un sello de calidad nutrimental en sus productos.
Quedan excluidos alimentos como hierbas, especias, condimentos, té, café, vinagres, materias primas y productos a granel.
[contextly_sidebar id=”1cceef86ce70f9d8efa2a9cf8b38c849″]En televisión abierta y restringida, así como en salas de exhibición cinematográfica, Cofepris restringió la promoción de productos que no se ajusten a sus criterios nutrimentales en un horario de las 14:30 horas a 19:30 horas, de lunes a viernes, y de 07:00 horas a 19:30 horas, sábados y domingos.
Además, los lineamientos limitan el anuncio de productos poco nutritivos a programas de televisión y películas que tengan una clasificación sea B, B15, C o D, para protección de la niñez.
Los encargados de la publicidad de los productos señalados como poco nutritivos deben hacer un único registro frente a Cofepris con el nombre de la marca y el producto.
Únicamente se autorizará la difusión de publicidad a los productos que no cumplan con los criterios de nutrición, durante los programas en los que se acredite mediante estudios de audiencia, que la misma no está compuesta por más de un 35% de personas de entre 4 y 12 años de edad.
Los encargados de la publicidad de productos considerados como botanas, bebidas saborizadas, chocolates, productos similares a chocolates y productos de confitería, tienen 90 días para adecuarse a estos lineamientos.